¿Debo declarar a mi cónyuge como dependiente en mis impuestos?
[vc_row css_animation=”” row_type=”row” use_row_as_full_screen_section=”no” type=”full_width” angled_section=”no” text_align=”left” background_image_as_pattern=”without_pattern”][vc_column][vc_column_text el_class=”answer_list_content”]Pregunta: Presentamos la declaración conjunta (MFJ), pero fue rechazada y descubrí que el número de mi esposa es un ITIN.
- ¿Lo dejo como MFJ y quito el ITIN?
- ¿Puedo presentar la declaración como cabeza de familia (tenemos un hijo)?
- Mi esposa no tenía ingresos; ¿puedo declararla como dependiente?
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row css_animation=”” row_type=”row” use_row_as_full_screen_section=”no” type=”full_width” angled_section=”no” text_align=”left” background_image_as_pattern=”without_pattern”][vc_column][vc_column_text el_class=”answer_items”]Respuesta:
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- Debe revisar el código de rechazo; puede tratarse de una fecha de nacimiento incorrecta o incluso un error en el nombre o el número de seguro social que no coincide con los registros del IRS. Devoluciones con un ITIN rechazar por las mismas razones que las declaraciones con un SSN. El IRS no rechaza porque sea un ITIN.
- La figura de cabeza de familia puede ser una opción. Pero hay algunas reglas muy complicadas involucradas. La figura de cabeza de familia es posible, en algunos casos, cuando su cónyuge es un extranjero no residente, incluso si viven juntos. Pero usted no puede reclamar EIC.
- Si su cónyuge es un extranjero no residente a efectos fiscales y decide no presentar una declaración conjunta con usted, deberá presentarla como “casado/a que presenta declaración por separado”. Aún podría reclamar una exención por su cónyuge, pero solo si este no percibe ingresos de fuentes estadounidenses y no puede ser declarado como dependiente en la declaración de impuestos de ninguna otra persona.
La respuesta a esta pregunta confunde a la mayoría de la gente de muchas maneras, ya que varios preparadores de impuestos dan diferentes interpretaciones, debido a la redacción algo ambigua de las publicaciones del IRS. Publicación 501 del IRS Exenciones, deducción estándar e información para la presentación de la declaración: en esta situación, se puede reclamar una exención para el cónyuge solo si este no tuvo “ingresos brutos”.
Publicación 54 del IRS La Guía Tributaria para Ciudadanos Estadounidenses y Residentes Extranjeros en el Extranjero establece lo mismo, especificando que el cónyuge extranjero no residente no puede tener ingresos brutos "a efectos fiscales en EE. UU.". En resumen, según las normas del IRS, es permisible y legal solicitar la exención conyugal (para el cónyuge no estadounidense) al presentar la declaración por separado, y por supuesto, se aplica el incremento por edad. NOTA: La ley solo permite esto si el cónyuge NO tiene ingresos. A efectos fiscales en EE. UU., NO tener ingresos (para extranjeros no residentes) se define e interpreta como NO tener ingresos de fuente estadounidense. Si el cónyuge extranjero tiene una pensión de jubilación extranjera de fuente no estadounidense, esto no entra en conflicto con la solicitud de la exención conyugal.
If your spouse resided in the US for more than 183 days at any time of the year, she will be not considered as a Non-Resident Alien.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row css_animation=”” row_type=”row” use_row_as_full_screen_section=”no” type=”full_width” angled_section=”no” text_align=”left” background_image_as_pattern=”without_pattern”][vc_column][vc_column_text]Referencias/Temas relacionados
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***Descargo de responsabilidad: Esta comunicación no pretende ser asesoramiento fiscal y no genera ninguna relación entre un asesor fiscal y un abogado.**
