El IRS emite advertencias a empleadores y profesionales de impuestos sobre reclamos indebidos de créditos por retención de empleados
De acuerdo a Número de edición 2023-02, Desde el otoño de 2022, el IRS ha emitido varias advertencias A los empleadores para que tengan cuidado con terceros que promuevan prácticas indebidas. Reclamaciones del Crédito por Retención de Empleados (ERC). Consulte IRS IR-2023-40 (7 de marzo de 2023); IRS IR-2022-183 (19 de octubre de 2022); Consejo Tributario COVID 2022-170 (7 de noviembre de 2022). Con la temporada de declaración de impuestos en pleno apogeo, los profesionales de impuestos solicitan orientación para asegurarse de cumplir con sus obligaciones tributarias. Circular 230 responsabilidades profesionales y los estándares requeridos para preparar y firmar declaraciones de impuestos originales, declaraciones enmendadas o reclamos de reembolso relacionados con estos créditos.
El ERC es un crédito fiscal reembolsable promulgado por el Congreso en 2020 bajo la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica por Coronavirus (Ley CARES). Está disponible para empresas (empleadores) que continuaron pagando a sus empleados durante el cierre debido a la pandemia de COVID-19 o que experimentaron disminuciones significativas en sus ingresos brutos entre el 13 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021. Para ser elegibles para el ERC, los empleadores deben cumplir con ciertos criterios, como mantener una suspensión total o parcial de sus operaciones comerciales debido a la COVID-19, experimentar una disminución significativa en sus ingresos brutos o calificar como una empresa emergente en recuperación.
El IRS ha advertido a los empleadores sobre asesores externos que promueven reclamaciones ERC indebidas, Esto ha llevado a algunos empleadores a reclamar ERC excesivos basándose en posiciones indebidas. El IRS también ha instado a los empleadores afectados a presentar declaraciones enmendadas para corregir las reclamaciones excesivas de ERC y minimizar los intereses y las posibles sanciones. Además, la División de Investigación Criminal del IRS y el Departamento de Justicia de EE. UU. han iniciado investigaciones penales y, en algunos casos, acusaciones formales contra quienes promueven (y facilitan) las reclamaciones excesivas de ERC.
Los profesionales tributarios deben cumplir con sus obligaciones profesionales ante los clientes y la administración tributaria, cumpliendo con las disposiciones aplicables de la Circular 230, Reglamento que rige la práctica ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS). La Circular 230 contiene varias disposiciones aplicables al tratar con un cliente que ha solicitado o busca solicitar un ERC.
Profesionales de impuestos Debe ejercer la debida diligencia al preparar y presentar las declaraciones de impuestos u otros documentos en nombre de un cliente ante el IRS, así como al garantizar la exactitud de sus declaraciones, tanto escritas como orales, tanto a los clientes como al IRS. Los profesionales deben realizar indagaciones razonables a los clientes para confirmar su elegibilidad para el ERC y determinar el monto correcto del crédito. Si un profesional no puede concluir razonablemente que el cliente es o era elegible para reclamar el ERC, no debe preparar una declaración original o enmendada que reclame o perpetúe un crédito potencialmente indebido.
Cuando un profesional asiste o asesora a un cliente en la declaración de ingresos u otros conceptos de una declaración de impuestos, la presentación de declaraciones enmendadas o solicitudes de reembolso, o en la toma de decisiones sobre una declaración o solicitud de reembolso, las normas de la Circular 230 se aplican a sus actividades. Los profesionales tributarios también deben informar a los clientes sobre las posibles sanciones que puedan aplicarse a la toma de decisiones sobre una declaración de impuestos que preparen para ellos.
En conclusión, los profesionales tributarios deben conocer a fondo el ERC y sus criterios de elegibilidad al colaborar con un cliente que lo haya solicitado, desee solicitarlo o pregunte sobre la posibilidad. Asimismo, deben cumplir con los requisitos de la Circular 230 en materia de diligencia debida, divulgación completa a los clientes de su situación fiscal y confianza razonable en la información proporcionada por el cliente y en cualquier asesoramiento proporcionado por otro profesional tributario. Si un profesional tiene motivos para creer que la solicitud excesiva del ERC de un cliente se debe a que este confió en el asesoramiento erróneo o inadecuado de otro profesional, debe informarle sobre la solicitud exagerada y sobre cualquier impuesto o sanción adicional que pudiera aplicarse y, si se le solicita, asistirlo de forma competente para corregir o mitigar el problema.
***Descargo de responsabilidad: Esta comunicación no pretende ser asesoramiento fiscal y no genera ninguna relación entre un asesor fiscal y un abogado.**
