¿Cómo grava Estados Unidos a los socios extranjeros en una sociedad estadounidense?

¿Cómo grava Estados Unidos a los socios extranjeros en una sociedad estadounidense?

Soy socio extranjero en una sociedad estadounidense con otro socio ciudadano estadounidense. Nuestra sociedad, STOLEWAY VENTURES, obtuvo $500,000 en ganancias relacionadas con su negocio en EE. UU. De esta cantidad, $400,000 se obtuvieron a través de nuestro Establecimiento Permanente (EP) en EE. UU. Mi parte de las ganancias es de $250,000, y $200,000 provienen del EP estadounidense. ¿Cómo gravará EE. UU. mis ingresos si resido en un país sin tratado como Brasil?

1. Preguntas generales:

  • a. ¿Cómo se gravan los ingresos de un socio extranjero de una sociedad estadounidense si el socio extranjero reside en un país que no tiene tratado?
  • b. ¿Cómo se gravan los ingresos en Estados Unidos derivados de un establecimiento permanente (PE) en ese país?
  • c. Si resido en un país con tratado, como Finlandia, ¿en qué medida diferiría mi tributación en función del tratado fiscal entre Estados Unidos y Finlandia?
  • d. ¿Qué artículo específico del Tratado entre Estados Unidos y Finlandia afecta la tributación de las ganancias empresariales no atribuidas al EP estadounidense?
  • e. ¿Puede proporcionar las secciones del Código de Rentas Internas (IRC) que rigen la tributación de los socios extranjeros en sociedades estadounidenses?

Respuestas:

1. Ejemplo de desglose del escenario:

  • Si usted es un socio extranjero que reside en un país sin tratado, como Brasil, EE. UU. le gravará la totalidad de su participación de $250,000 en los ingresos comerciales de STOLEWAY VENTURES en EE. UU. Esto incluye tanto los $200,000 obtenidos a través de la empresa privada estadounidense como los $50,000 restantes que son efectivamente conectado con el negocio de EE.UU. pero no a través del PE de EE. UU. Las secciones del IRC aplicables son 871(b) y 882, que exigen que las personas extranjeras paguen impuestos sobre los ingresos efectivamente relacionados con una actividad comercial o negocio en los Estados Unidos.

2. Tributación de socios extranjeros en países sin tratado:

  • a. Un socio extranjero residente en un país sin tratado, como Brasil, tributa sobre la totalidad de su participación en los ingresos comerciales estadounidenses. Esto incluye cualquier ingreso efectivamente relacionado con una actividad comercial o empresarial estadounidense, independientemente de si se obtiene a través de una empresa privada estadounidense. Esto se estipula en los artículos 871(b) y 882 del IRC.

3. Ingresos derivados a través de un establecimiento permanente (PE) en EE. UU.:

  • b. Estados Unidos grava los ingresos derivados de una EP estadounidense con base en los ingresos atribuibles a las actividades de la EP. Esto se ajusta a Sección 864(c) del Código de Rentas Internas, que define los ingresos efectivamente conectados con un negocio o comercio en los EE. UU., incluidos los ingresos provenientes de un PE de los EE. UU.

4. Tributación en países con tratados:

  • c. Si usted es residente de un país del tratado Al igual que en Finlandia, la tributación de los ingresos de su sociedad en EE. UU. puede variar. Artículo 7(1) del tratado fiscal entre Estados Unidos y Finlandia, EE. UU. solo gravará los ingresos atribuibles al PE estadounidense. Por lo tanto, solo $200,000 de su participación de $250,000 estarán sujetos a impuestos en EE. UU., quedando exentos $50,000.
  • d. El artículo 7(1) del tratado fiscal entre Estados Unidos y Finlandia afecta específicamente la tributación de las ganancias comerciales no atribuidas al EP estadounidense, eximiendo dichas ganancias de los impuestos estadounidenses.

5. Secciones relevantes del Código de Rentas Internas (IRC):

  • e. Las secciones pertinentes del IRC que rigen la tributación de los socios extranjeros en sociedades estadounidenses incluyen:
    • Artículo 871(b) del Código de Rentas Internas: Impuesto sobre personas físicas extranjeras no residentes.
    • Artículo 882 del Código de Rentas Internas: Impuesto sobre la renta de corporaciones extranjeras vinculadas con negocios en Estados Unidos.
    • Código de Rentas Internas §864(c): Definición de ingresos efectivamente conectados con una operación o negocio en los Estados Unidos.

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