FAQ: Understanding Competent Authority Cases and Tax Treaties

Preguntas frecuentes: Comprensión de los casos de autoridad competente y los tratados fiscales

Fuente: IRM 21.8.1.2.8 (10-01-2018)

P1: ¿Cuál es el propósito del Rev. Proc. 2015-40?

A1: Procedimiento Rev. 2015-40 permite a un contribuyente estadounidense solicitar asistencia de la Autoridad competente de EE. UU. sobre cuestiones que surjan en el marco de un tratado fiscal entre los EE.UU. y un país extranjero.

P2: ¿Quién actúa como autoridad competente de EE.UU.?

A2: El Comisionado de Grandes Empresas e Internacionales (LB&I) del IRS actúa como autoridad competente de los EE. UU., responsable de administrar las disposiciones de los tratados tributarios, interpretar y aplicar los tratados y llegar a acuerdos mutuos en casos específicos.

P3: ¿Cómo lleva a cabo su proceso la autoridad competente de EE.UU.?

A3: La autoridad competente de EE. UU. opera a través de dos oficinas: Programa de Precios Anticipados y Acuerdos Mutuos (APMA) y el Equipo de Asistencia e Interpretación de Tratados (TAIT). La APMA gestiona casos que surgen de los artículos sobre beneficios empresariales y empresas asociadas de los tratados fiscales estadounidenses, mientras que el TAIT gestiona casos que surgen de todos los demás artículos de los tratados fiscales estadounidenses, incluyendo impuestos sobre sucesiones y donaciones. Ambas oficinas pueden considerar casos que surjan bajo la establecimiento permanente Artículos de los tratados fiscales de EE. UU. y coordinar casos como éste según sea necesario.

P4: ¿Dónde debo enviar solicitudes escritas para APMA?

A4: Envíe solicitudes por escrito para APMA a:

Servicio de Impuestos Internos

Comisionado Adjunto Internacional, División de Grandes Empresas e Internacional

1111 Constitution Ave. NW SE:LB:TTPO:APMA:NC 534-01

Washington, DC 20224

P5: ¿Dónde debo enviar solicitudes escritas para TAIT?

A5: Envíe solicitudes por escrito para TAIT a:

Comisionado Internacional, División de Grandes Empresas e Internacional

Servicio de Impuestos Internos

1111 Avenida Constitución. NO SE:LB:TTPO:TA:TAIT:NCA 570-03

Washington, DC 20224

P6: ¿A quién debo dirigir preguntas sobre solicitudes de autoridad competente?

A6: Dirija cualquier pregunta relacionada con solicitudes de autoridad competente a la atención de APMA o TAIT, según corresponda, a las direcciones mencionadas anteriormente.

P7: ¿Quién debería? extranjeros no residentes o corporaciones extranjeras ¿Contacto para consultas?

A7: Los extranjeros no residentes o las corporaciones extranjeras generalmente deben comunicarse con la Autoridad Competente de su país de residencia para realizar consultas.

P8: ¿Dónde puedo encontrar más información sobre los tratados fiscales?

A8: Para obtener más información, visite la sección de Tratados Tributarios en IRS.gov en http://www.irs.gov/Individuals/International-Taxpayers/Tax-Treaties.




***Descargo de responsabilidad: Esta comunicación no pretende ser asesoramiento fiscal y no genera ninguna relación entre un asesor fiscal y un abogado.**

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