Reminder to Foreign Owned U.S. Corporations – File Information Returns (5472)

Recordatorio para corporaciones estadounidenses de propiedad extranjera: Presentar declaraciones de información (5472)

El mercado estadounidense es prometedor para los inversores y empresas extranjeros, pero es necesario abordar cuestiones complejas para evitar multas y sanciones. Una de estas cuestiones es la cumplimentación del Formulario 5472.

Las empresas estadounidenses que sean al menos 25% propiedad de accionistas no estadounidenses y las empresas extranjeras que participen en actividades comerciales o negocios en Estados Unidos deben divulgar información al Servicio de Impuestos Internos (IRS) en este formulario un tanto confuso.

El IRS utiliza el Formulario 5472 para recopilar información sobre la empresa y sus partes relacionadas. La información proporcionada en el formulario ayuda al IRS a identificar posibles problemas de auditoría. Cierta información del Formulario 5472 también podría ser una señal de alerta para el IRS.

En el actual mundo de transparencia fiscal global, un aspecto fundamental a tener en cuenta al preparar el Formulario 5472 es si el accionista extranjero o la parte relacionada extranjera ha declarado los ingresos de las transacciones listadas en su jurisdicción de origen. Cabe recordar que Estados Unidos ha suscrito numerosos tratados fiscales y acuerdos de intercambio de información tributaria.

Con la implementación completa de la FATCA a la vuelta de la esquina, el IRS está ansioso por recopilar información que pueda intercambiarse con los países que se comprometen a cumplir con ella. Para quienes no lo sepan, FATCA significa "Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras". Puede obtener más información al respecto. aquí.

Formulario 5472 Se requiere presentar en dos tipos de casos. Este artículo abordará el tipo de caso, es decir, cuando un accionista extranjero posee 25% o más de una corporación estadounidense.

Accionista extranjero posee 25% o más de una corporación estadounidense

El formulario 5472 debe presentarse cuando una corporación estadounidense, que tiene accionistas directos o indirectos no estadounidenses que poseen 25% o más de las acciones de esa corporación estadounidense, tiene una denominada "transacción reportable" con el o los accionistas extranjeros.

En general, una “transacción declarable” es cualquier intercambio de dinero o bienes con el accionista extranjero, como el pago de ventas, rentas, regalías o intereses. Una “transacción declarable” no incluye el pago de dividendos. Las “transacciones declarables” se enumeran en la Parte IV del Formulario y se detallan en el instrucciones al Formulario.



Transacciones reportables

Las transacciones declarables pueden pasarse por alto fácilmente; con frecuencia, se pasan por alto los préstamos de la corporación a accionistas extranjeros, o los préstamos de accionistas extranjeros a la corporación. Estos préstamos pueden tener consecuencias fiscales muy significativas. Por ejemplo, cuando la corporación es la deudora, los intereses pagados al accionista pueden ser deducibles de impuestos para la corporación.

Los intereses pagados al accionista extranjero pueden estar sujetos a impuestos estadounidenses mediante retención a una tasa 30% o inferior según el tratado. Se requerirá retención a menos que los intereses cumplan con una excepción, como la excepción para "intereses de cartera". Para cumplir con esta excepción, se deben cumplir requisitos muy específicos, incluyendo un formulario completo y actualizado. Formulario W8 BEN.

Si el préstamo no tiene intereses o tiene una tasa de interés inferior a la del mercado según las normas del IRS (aplicando la denominada "Tasa Federal Aplicable"), el IRS imputará la tasa de interés correspondiente. Además, el IRS caracterizará la transacción según su contenido. Por ejemplo, los pagos de intereses al accionista extranjero por parte de la corporación sobre un "préstamo" podrían ser en realidad distribuciones encubiertas de las ganancias y beneficios de la corporación a dicho accionista.

A diferencia de los pagos de intereses, el pago de dividendos no puede ser deducido por la corporación y está sujeto a impuestos para el accionista a una tasa 30% o inferior, según el tratado. Se debe presentar un Formulario 5472 por separado para cada accionista extranjero que sea titular de una corporación estadounidense con una tasa 25% o superior. El formulario no es necesario cuando varias personas extranjeras poseen, en conjunto, una tasa 25% o más de la corporación. Solo se requiere cuando una sola entidad o persona física no estadounidense posee una tasa 25% o más de la corporación.

Por lo tanto, si dos o más accionistas extranjeros poseen cada uno 25% o más de una corporación estadounidense, entonces se deberán presentar múltiples Formularios 5472.

El formulario 5472 generalmente requiere la siguiente información con respecto a cada accionista extranjero 25% o mayor: nombre, dirección y país de ciudadanía (o en el caso de un accionista-entidad, el país donde se organizó o incorporó); la naturaleza y el monto de la transacción declarable con el accionista extranjero; nombres de los países bajo cuyas leyes el accionista extranjero presenta una declaración de impuestos sobre la renta como residente; y nombre de los principales países donde ese accionista realiza negocios.

Sanción por no presentar la declaración

La multa por no presentar el Formulario 5472 es de $10,000 al año, pero recuerde: ¡la clave está en los detalles! Presentar un Formulario 5472 sustancialmente incompleto constituye una falta de presentación, lo que puede dar lugar a la imposición de una multa.

Además, cada miembro de un grupo de corporaciones que presenta una declaración informativa consolidada es una corporación declarante independiente, sujeta a una multa de $10,000, de la cual cada miembro será solidariamente responsable. Quizás más problemático que las multas es que, una vez que el IRS descubre un incumplimiento de la declaración, esto puede poner a la empresa bajo la lupa para una supervisión y/o auditoría continuas.



***Descargo de responsabilidad: Esta comunicación no pretende ser asesoramiento fiscal y no genera ninguna relación entre un asesor fiscal y un abogado.**

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